Modifícanse los textos de las siguientes subpartidas del Arancel de Aduanas: Nandina Descripción 2106.90.10.00 -Polvos para la preparación de budines, cremas, helados, postres, gelatinas y similares. 6902.20.10.00 -Con un contenido de sílice (Si02) superior al 90% en peso. 8419.90.10.00 -De calentadores de agua de las subpatidas 8419.11.00, 8419.19.10 y 8419.19.90. 8422.90.10.00 -De las máquinas y aparatos de las subpartidas 8422.20.00, 8422.30.10 y 8422.30.90. 8422.90.20.00 -De m<quinas y aparatos para empaquetar o envasar mercancías de las subpartidas 8422.40.10, 8422.40.20 y 8422.40.90. 8466.92.10.00 -Para prensas hidráulicas de las subpartidas 8465.94.11 y 8465.94.19. 8466.93.10.00. -Para tornos automáticos de la subpartida 8458.19.30.
Decreto 1515 de 1995 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1515 de 1995 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.