Micelio

Artículo 27

Sólo Con Sujeción A Planes O Prog Ra Mas Previamente Elaborados, Podrán Los Consejos Departamentales Y Municipales Ordenar O Autorizar Gastos, Auxilios O Contribuciones Para La Construcción De Obras, El Estímulo A Empresas Útiles O Benéficas, O El Apoyo A Campañas De Higiene, Sanidad, Asistencia Social, Beneficencia, Educación, Fomento Económico U Otras Similares

Decreto 3170 de 1954 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Consejos Administrativos Departamentales y Municipales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sólo con sujeción a planes o prog ra mas previamente elaborados, podrán los Consejos Departamentales y Municipales ordenar o autorizar gastos, auxilios o contribuciones para la construcción de obras, el estímulo a empresas útiles o benéficas, o el apoyo a campañas de higiene, sanidad, asistencia social, beneficencia, educación, fomento económico u otras similares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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