º La Rama Jurisdiccional, El Ministerio Público, Y La Contraloría General De La República, Asumirán La Ordenación Del Gasto Una Vez El Gobierno Nacional Expida La Reglamentación Correspondiente A Que Se Refiere El Artículo 91 De La Ley Orgánica
Decreto 869 de 1989 · Por el cual se reglamentan los artículos 80 y 90 de la Ley 38 de 1989 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º La Rama Jurisdiccional, el Ministerio Público, y la Contraloría General de la República, asumirán la ordenación del gasto una vez el Gobierno Nacional expida la reglamentación correspondiente a que se refiere el artículo 91 de la Ley Orgánica.
Parágrafo
Mientras se expide la reglamentación mencionada en el presente artículo, la ordenación del gasto continuará como se ha venido ejerciendo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.