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Artículo 23

Son Funciones De La Sección De Educación Agropecuaria: A) Responder Ante El Jefe De La División De Educación Media Por El Cumplimiento De Sus Funciones

Decreto 1637 de 1960 · Por medio del cual se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Educación Agropecuaria

a)

Responder ante el Jefe de la División de Educación Media por el cumplimiento de sus funciones.

b)

Estudiar los problemas y necesidades en el campo de educación agropecuaria.

c)

Planear y desarrollar campañas de educación agropecuaria.

d)

Dar normas y fijar requisitos mínimos para la aprobación de establecimientos de educación agropecuaria.

e)

Dar normas para el funcionamiento y control de los establecimientos de educación agropecuaria.

f)

Colaborar con la Oficina de Inspección en la dirección y control de los establecimientos nacionales de educación agropecuaria.

g)

Dirigir e inspeccionar los establecimientos "modelo" de educación agropecuaria organizados por el Ministerio.

h)

Elaborar planes de estudio para la educación agropecuaria y velar por su cumplimiento.

i)

Colaborar con la Sección de Arquitectura Escolar en la elaboración del plan de construcciones y de los proyectos respectivos.

j)

Colaborar con la Sección de Equipos y Materiales Escolares en la adecuada selección de las respectivos equipos, materiales y textos de orientación y guía.

k)

Colaborar con la Sección de Equipos Bibliotecarios en la planeación y desarrollo de sus campañas.

l)

Colaborar con la Sección de Educación Superior en la elaboración de sus programas.

m)

Coordinar con la División de Acción Comunal, con el Ministerio de Agricultura y con las demás entidades públicas y privadas que efectúen actividades similares, la planeación y desarrollo de los programas comunes.

Parágrafo

Para los efectos del presente Decreto se entiende por educación agropecuaria la que tiene, entre otras, las siguientes finalidades

a)

Preparar al niño y al joven del campo para que pueda aprovechar las nuevas aportaciones de la tecnología sin perjuicio de sus formas de vida.

b)

Provocar las condiciones favorables par la defensa y desarrollo del medio campesino.

c)

Buscar el equilibrio entre la escolaridad rural y la urbana dentro de las diferencias naturales que le medio impone.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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