Son funciones de la Sección de Educación Agropecuaria
Responder ante el Jefe de la División de Educación Media por el cumplimiento de sus funciones.
Estudiar los problemas y necesidades en el campo de educación agropecuaria.
Planear y desarrollar campañas de educación agropecuaria.
Dar normas y fijar requisitos mínimos para la aprobación de establecimientos de educación agropecuaria.
Dar normas para el funcionamiento y control de los establecimientos de educación agropecuaria.
Colaborar con la Oficina de Inspección en la dirección y control de los establecimientos nacionales de educación agropecuaria.
Dirigir e inspeccionar los establecimientos "modelo" de educación agropecuaria organizados por el Ministerio.
Elaborar planes de estudio para la educación agropecuaria y velar por su cumplimiento.
Colaborar con la Sección de Arquitectura Escolar en la elaboración del plan de construcciones y de los proyectos respectivos.
Colaborar con la Sección de Equipos y Materiales Escolares en la adecuada selección de las respectivos equipos, materiales y textos de orientación y guía.
Colaborar con la Sección de Equipos Bibliotecarios en la planeación y desarrollo de sus campañas.
Colaborar con la Sección de Educación Superior en la elaboración de sus programas.
Coordinar con la División de Acción Comunal, con el Ministerio de Agricultura y con las demás entidades públicas y privadas que efectúen actividades similares, la planeación y desarrollo de los programas comunes.
Para los efectos del presente Decreto se entiende por educación agropecuaria la que tiene, entre otras, las siguientes finalidades
Preparar al niño y al joven del campo para que pueda aprovechar las nuevas aportaciones de la tecnología sin perjuicio de sus formas de vida.
Provocar las condiciones favorables par la defensa y desarrollo del medio campesino.
Buscar el equilibrio entre la escolaridad rural y la urbana dentro de las diferencias naturales que le medio impone.