Todo pago de servicios que exceda el valor normal del jornal diario usual en el territorio, requiere la celebración previa de contrato escrito, con el lleno de los requisitos legales.
Pero esto sólo será permitido para servicios especial eso de carácter técnico, y en tal caso deberá darse cuenta de ello al Ministerio de Gobierno, si el contrato no fuere de los que requieren aprobación previa del Gobierno Nacional.
Es terminantemente prohibida la contratación de los llamados "empleados supernumerarios".