Micelio

Artículo 12

Ley 3 de 1977 · Por la cual se provee a la reorganización del Sector Aeronáutico Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La vigilancia fiscal del Fondo Aeronáutico Nacional será ejercida por la Contraloría General de la República a través de la auditoría ante el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil. El Contralor General de la República, con el objeto de agilizar la gestión del Fondo, podrá dictar un reglamento fiscal que consulte la índole especial de las actividades de la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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