Los derechos de análisis deberán ser pagados al Instituto Nacional de Higiene al presentar las muestras respectivas. Tales derechos serán fijados por resolución del Administrador del mencionado Instituto, aprobada por el Ministerio de Higiene.
Decreto 1250 de 1950 →Vigente
Artículo 13
Los Derechos De Análisis Deberán Ser Pagados Al Instituto Nacional De Higiene Al Presentar Las Muestras Respectivas
Decreto 1250 de 1950 · Por el cual se reglamenta la fabricación de cervezas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.