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Artículo 2.4.3.9.2.10

Responsabilidades De La Unidad Administrativa Especial Para La Gestión De Restitución De Tierras Despojadas, En El Marco De La Política De Prevención

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidades de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, en el marco de la política de prevención. La Unidad Administrativa Especial para la Gestión de Restitución de Tierras Despojadas tendrá las siguientes responsabilidades en materia de prevención:

1.

Trasladar al Ministerio del Interior información disponible relativa a las áreas de intervención y de recepción de solicitudes de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas Forzosamente, para los análisis que estime pertinentes el Ministerio del Interior sobre el comportamiento del fenómeno del despojo o el abandono forzado de tierras.

2.

Armonizar las funciones de protección de predios abandonados forzosamente con la competencia dirigida a la gestión de restitución de tierras prevista en la Ley 1448 de 2011.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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