Autorícese al Gobierno nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación e impulse a través del sistema de cofinanciación las partidas presupuestales necesarias con el fin de adelantar los siguientes proyectos de infraestructura y de carácter social, cultural y turístico en el municipio de Marquetalia:
PROGRAMA DE TRANSITABILIDAD URBANA DEL MUNICIPIO DE MARQUETALIA (CALDAS):
Gestión predial y de financiación y construcción calzada e intersecciones de calle paralela.
·Construcción de 500 metros de calzada nueva La Quiebrita – La Aldea y mejorar 400 metros de calzada entre La Aldea y el parque Risaralda.
Construcción de estructura de intersección vial La Quiebrita.
Construcción de estructura de intersección vial La Cooperativa.
Construcción 600m de calzada nueva entre Amorosito- Alcaldía-Hospital.
PROGRAMA DE MOVILIDAD SOCIAL DEL MUNICIPIO DE MARQUETALIA (CALDAS):
Gestión predial y de financiación y construcción del Parque Centenario y Monumento a los Fundadores.
Estructuración y puesta en marcha de la red social de ocupación positiva del tiempo libre.
MEJORAMIENTO DE VÍAS TERCIARIAS:
Financiación y construcción de 6 kilómetros de placa huellas y el puente vehicular sobre el río Guarinó en el sitio Sofocón vía Marquetalia Campoalegre -Fresno.
Construcción de 6 km de placa huella en vías terciarias.
Construcción de puente vehicular en Sofocón (Vía Marquetalia - Fresno).
FESTIVAL CULTURAL DE LA CORDILLERA - 100 AÑOS:
Celebración especial del ‘Festival Cultural de la Cordillera’ por el centenario del municipio.
Edición y publicación de cuatro obras inéditas de historia del entorno geográfico de Marquetalia y el oriente caldense. Tres de estas obras de autoría del escritor e historiador oriundo de Marquetalia ÁNGEL MARÍA OCAMPO CARDONA, actual presidente de la Academia Caldense de Historia y Miembro Correspondiente de la Academia Colombiana de Historia.
Fortalecimiento de la ruta histórica cultural y turística de Cátedra Marquetalia.
La autorización de gasto otorgada al Gobierno nacional en virtud de la presente ley se incorporará en el Presupuesto General de la Nación, de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal; en primer lugar, reasignando los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento del presupuesto, y en segundo lugar de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada vigencia fiscal.