Micelio

Artículo 50

Ley 105 de 1936 · Orgánica de la Armada Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Armada tendrá un Comando Superior con su correspondiente Estado Mayor, integrado por Oficiales ejecutivos de Marina, dependerá de la Dirección General de Marina, y ésta del Ministerio de Guerra, y tendrá como Jefe un Oficial de alta graduación elegido por el Poder Ejecutivo de los que figuren en el Escalafón Naval o Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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