°. El Ministerio de Obras Públicas puede transmitir el dominio de los terrenos baldíos y de los bosques nacionales: 1°. Por adjudicación a cultivadores. 2°. Por cesión a empresas para fomento de industria u obras de utilidad pública; 3°. Para fundación de nuevas poblaciones y a pobladores de las ya fundadas; 4°. A cambio de bonos territoriales o títulos de concesión; 5°. A título e venta por dinero.
Decreto 1279 de 1908 →Vigente
Artículo 2
El Ministerio De Obras Públicas Puede Transmitir El Dominio De Los Terrenos Baldíos Y De Los Bosques Nacionales: 1°
Decreto 1279 de 1908 · Reglamentario de la Ley 25 de 1908, sobre terrenos baldíos y bosques
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.