Liquidación de la Red. Una vez cumplido el término de cinco (5) años previsto en el artículo transitorio 46 de la Constitución Política, la Red de Solidaridad Social entrará en proceso de liquidación, el cual se efectuará conforme al procedimiento que para efecto establezca mediante decreto el Gobierno Nacional.
Decreto 2099 de 1994 →Vigente
Artículo 21
Liquidación De La Red
Decreto 2099 de 1994 · por el cual se reorganiza el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social de la Presidencia de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.