Vigencia del programa de enajenación . La vigencia del programa de enajenación contenido en el presente decreto se extenderá hasta el 31 de marzo de 1997. En todo caso, el Gobierno podrá prorrogar la vigencia de dicho programa por un período máximo de un (1) año contado a partir de la fecha antes indicada.
Decreto 1743 de 1996 →Vigente
Artículo 14
Decreto 1743 de 1996 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación posee o llegue a poseer en Termocartagena S.A., ESP.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.