Micelio

Artículo 10

Todos Los Ciudadanos Están Obligados A Prestar La Cooperación Que Se Les Solicite Por Parte De Los Funcionarios Encargados De La Aplicación Del Sistema De Control De Precios

Decreto 2004 de 1947 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre control de precios.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todos los ciudadanos están obligados a prestar la cooperación que se les solicite por parte de los funcionarios encargados de la aplicación del sistema de control de precios. El que se niegue, sin justa causa, a prestar la cooperación solicitada, incurrirá en una multa de $ 10.00 a $ 500.00, siempre que, en concepto de dicho funcionario, la colaboración solicitada fuere necesaria y de parte del requerido mediare renuencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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