Pensión por incapacidad absoluta y permanente. El alumno de las Escuelas de Formación de Oficiales que sea dado de baja por incapacidad absoluta y permanente adquirida en actos relacionados con el servicio, tendrá derecho a que el Tesoro Público le pague una pensión mensual vitalicia así
Alférez, Guardiamarina o pilotín, la que corresponda en todo el tiempo al ciento por ciento (100%) del sueldo básico de un Subteniente o Teniente de Corbeta;
Demás alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales, la que corresponda en todo tiempo al setenta y cinco por ciento (75%) del sueldo básico de un Subteniente o Teniente de Corbeta.