El suministro de documentos e informes que el Director Ejecutivo de la Superintendencia de Regulación Económica requiera para formar criterio acerca de cualesquiera de los asuntos sometidos a su consideración, será ordenado por medio de auto en el que se fije el término correspondiente, bajo apremio de multa hasta por la suma de diez mil pesos ($ 10.000). A la misma sanción se harán acreedoras las empresas que no den cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2º. de este Decreto.
Decreto 1302 de 1964 →Vigente
Artículo 10
El Suministro De Documentos E Informes Que El Director Ejecutivo De La Superintendencia De Regulación Económica Requiera Para Formar Criterio Acerca De Cualesquiera De Los Asuntos Sometidos A Su Consideración, Será Ordenado Por Medio De Auto En El Que Se Fije El Término Correspondiente, Bajo Apremio De Multa Hasta Por La Suma De Diez Mil Pesos ($ 10
Decreto 1302 de 1964 · por el cual se reglamenta la Ley 155 de 1959, en armonía con los Decretos 1653 de 1960 y 3307 de 1963.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.