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Artículo 3

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto: Del Departamento Nacional De Higiene Capitulo 78 Personal, Y Material

Decreto 226 de 1937 · Por el cual se hacen algunos traslados en el presupuesto vigente

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto: del DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE CAPITULO 78 Personal, y material. Del artículo-506. Para creación de nuevas unidades sanitarias y para ampliación de- los servicios de las actuales; especialmente en la protección infantil y saneamiento urbano y rural. $ 159;000.00 Del artículo 525. Para sueldos' de la Policía Sanitaria Nacional 20;000.00 Al artículo 503. Para sueldos del personal de las Comisiones Sanitarias rurales 60,000.00 Al artículo 504. Para drogas, jornales; materiales y demás gastos para el sostenimiento de las Comisiones Sanitarias rurales 30,000.00 Al artículo 507. Para sueldos del-personal de saneamiento de los puertos no-comprendidos en las unidades sanitarias, incluyendo a Puerto Wilches, según la Ley 32 de 1931 32,220.00 Al artículo 508. Para jornales, materiales y demás gastos de-saneamiento en los puertos no comprendidos en las unidades sanitarias, incluyendo a Puerto Wilches, según la Ley- 32- de 1931 7,780.00 CAPITULO 82 Lucha antileprosa. Al artículo 547. Para sueldos de los dispensarios antileprosos 29,000.00 Al artículo 558. Para arrendamiento de locales para alojamiento de enfermos y oficinas públicas en los lazaretos de la República 20,000.00 Sumas iguales $ 179,000.00 179,000.00 Comuniquese,

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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