Los giros que haga la Nación, inclusive los pendientes de pago correspondientes a 1973 por la participación del impuesto a las ventas, se efectuarán en la siguiente forma: el 26.4% a los Departamentos con destino a las Cajas de Previsión, Seccionales de los presupuestos de éstos cuando atienden directamente el pago de las prestaciones, y el 73.6% restante se girará directamente a los municipios.
Decreto 2608 de 1973 →Vigente
Artículo 61
Los Giros Que Haga La Nación, Inclusive Los Pendientes De Pago Correspondientes A 1973 Por La Participación Del Impuesto A Las Ventas, Se Efectuarán En La Siguiente Forma: El 26
Decreto 2608 de 1973 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.