Micelio

Artículo 278

Ley 94 de 1938 · Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El funcionario de instrucción que omita dar cuenta de la iniciación del sumario, o que no se ajuste a los términos legales establecidos para su perfeccionamiento o que no desempeñe dentro de los términos judiciales las comisiones que se le den, incurrirá en multa de diez a cincuenta pesos, que impondrá disciplinariamente el respectivo superior, con la sola vista del proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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