Micelio

Artículo 2.2.4.2.3

Condiciones De Comodidad Y Accesibilidad

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Condiciones de comodidad y accesibilidad. Las condiciones de comodidad y accesibilidad que deben cumplir quienes presten el servicio de transporte ferroviario de pasajeros están determinadas por:

1.

El diseño de los equipos en concordancia con el uso propuesto.

2.

Las estaciones y anexidades deben contar con un adecuado programa arquitectónico que incluya: servicios complementarios, salas de espera, servicios sanitarios, facilidades para personas discapacitadas, maleteros, servicios de comunicaciones para el público, oficinas de administración y señalización.

(Decreto 3110 de 1997, artículo 8°).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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