Micelio

Artículo 1

Ley 85 de 1989 · por la cual se establecen unos aportes del Gobierno Nacional, Ministerio de Educación, para la Fundación Rafael Pombo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la vigencia fiscal siguiente a la promulgación de la presente Ley, el Gobierno incluirá en el proyecto de ley de apropiaciones del presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, una partida anual como aporte a los gastos de inversión y funcionamiento de la Fundación Rafael Pombo, institución de carácter educativo y cultural, de derecho privado sin ánimo de lucro, para adelantar sus programas a nivel nacional, regional e internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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