Micelio

Artículo 24

Con El Propósito De Eliminar Cualquier Riesgo Para La Salud O El Bienestar De La Comunidad, O Por Razones De Avance Técnico-Científico, El Ministerio De Salud Podrá Exigir Requisitos De Dotación Adicionales A Los Señalados En Los Artículos 22 Y 23 Del Presente Decreto

Decreto 616 de 1981 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 9° de 1979, en cuanto a funcionamiento de establecimientos dedicados a la extracción, transfusión y conservación de sangre total o de sus fraccionados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con el propósito de eliminar cualquier riesgo para la salud o el bienestar de la comunidad, o por razones de avance técnico-científico, el Ministerio de Salud podrá exigir requisitos de dotación adicionales a los señalados en los artículos 22 y 23 del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 616 de 1981