Micelio

Artículo 7

Ley 87 de 1886 · Sobre crédito público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7º Siempre que se extinga alguno de los documentos detallados en los artículos 4º y 5º de esta ley, el fondo aplicado á su amortización acrecerá proporcionalmente los fondos asignados á los demás documentos comprendidos en dichos artículos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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