Art. 7º Siempre que se extinga alguno de los documentos detallados en los artículos 4º y 5º de esta ley, el fondo aplicado á su amortización acrecerá proporcionalmente los fondos asignados á los demás documentos comprendidos en dichos artículos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.