° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1923, la suma de dos mil doscientos veinte pesos ($ 2.220), tomada de las imputaciones que en seguida .se indican: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 7° Correos-Personal y material. Articulo 14 Para atender a los gastos que demande el servicio de Correos en la República, así: Administración General-Tesorería-Sección de Cuentas.
Del Jefe, a $ 130 mensuales, del 1° de noviembre al 31 de diciembre próximo $ 260
Del Tenedor de Libros, a $ 110 mensuales, en el mismo tiempo 220
Del Auxiliar, a $ 60 mensuales, en el mismo tiempo 120
De cinco Liquidadores, a $ 90 mensuales cada uno, en el mismo tiempo 900
Contador, a $ 80 mensuales, en el mismo tiempo 160
Del Portero Escribiente, a $ 40 mensuales, en el mismo tiempo 80 1.740 CAPITULO 8° Telégrafo-Personal y material. Articulo 50. Para atender a los gastos que demande el servicio de Telégrafos en la República, así; Administración General.
Del Tenedor de Libros, a $ 120 mensuales, del 1° de noviembre al 31 de diciembre próximo $ 240
bis. Del Ayudante Contador, a $ 120 mensuales, en el mismo tiempo 240 480 Suman las deducciones $ 2.220