Micelio

Artículo 69

Decreto 58 de 1989 · por el cual se reforma el Reglamento de calificación y clasificación para el personal de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la sección segunda. Evaluación del desempeño. Esta sección esta diseñada para recoger la información relacionada con el desempeño del evaluado, teniendo en cuenta las funciones propias del cargo, las características personales, la aptitud y preparación personal del mismo.

Parágrafo 1

Se establecen dieciséis (16) indicadores para Especialistas y doce (12) para Adjuntos, como criterios de evaluación, considerando que el producto del trabajo del funcionario es el resultado de una serie de componentes personales, institucionales y circunstanciales, interactuantes, que de alguna forma determinan la calidad y eficiencia del trabajo.

Parágrafo 2

Frente a los indicadores aparece una escala de valores, que debe ser diligenciada por el evaluador anotando una (X) en la casilla correspondiente, según los merecimientos del evaluado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 58 de 1989