Micelio

Artículo 1

Durante El Estado De Sitio, La Jurisdicción Penal Militar, Además De Las Infracciones Cuyo Conocimiento Le Está Atribuido Por La Ley, Conoceré, De Las Siguientes, Cometidas A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Y Entendidas En Los Términos Del Código Penal, A Saber: A) Delitos Contra El Régimen Constitucional Y Contra La Seguridad Interior Del Estado; B) De La Asociación E Instigación Para Delinquir, Y De La Apología Del Delito

Decreto 2260 de 1976 · Por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Durante el estado de sitio, la jurisdicción penal militar, además de las infracciones cuyo conocimiento le está atribuido por la ley, conoceré, de las siguientes, cometidas a partir de la vigencia del presente Decreto, y entendidas en los términos del Código Penal, a saber

a)

Delitos contra el régimen constitucional y contra la seguridad interior del Estado;

b)

De la asociación e instigación para delinquir, y de la apología del delito. Para efectos del presente Decreto, la sanción de que trata el inciso segundo del artículo 208 del Código Penal se aplicará, aunque quienes estén en las circunstancias allí determinadas no tuvieren antecedentes penales o no hicieren resistencia a la autoridad.

c)

De los delitos contra la salud y la integridad colectivas a que se refieren los artículos 251, en lo concerniente al incendio de vehículo automotor; 252, en lo concerniente a incendio de edificios públicos o destinados a la prestación de servicios públicos, sean o no de propiedad oficial; 255. 256, 258, 260 y 261 del Código Penal, y de los delitos contemplados en los artículos 22 de la Ley 4ª de 1943 y 1 y 2 de la Ley 21 de 1973;

d)

Del cielito de secuestro;

e)

De los delitos de extorsión y chantaje;

f)

Cualquier otro delito cometido en conexidad con los anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2260 de 1976