Artículo segundo. De la partida asignada en el Capítulo 60, artículo 890 del Presupuesto Nacional vigente, "para auxilio a la ferias exposiciones agrícolas y pecuarias en el país (Ley 224 de 1938, artículo 10), en el año", se hace la siguiente distribución: Capítulo 60, artículo 890, ordinal 17. Para auxiliar a la feria exposición que se celebrará en Girardot, durante los días 5 a 8 de diciembre del año en curso $ 10.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 18. Para auxiliar a la feria exposición agropecuaria que se celebrará en Paipa (Boyacá), durante los días 8, 9 y 10 de diciembre del corriente año $ 3.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 19. Para auxiliar a la Asociación de Criadoers de Ganado Blanco Orejinegro (BON), para que ésta auspicie exposiciones regionales de ganado BON $ 10.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 20. Para auxiliar a la feria exposiciones que se celebrará en Chiquinquirá durante el mes de diciembre del año en curso $ 2.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 21. Para auxiliar a la feria exposición que se celebrará en Cúcuta durante los días 15, 16 y 17 de noviembre del corriente año $ 5.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 22. Para auxiliar a la feria exposición que se celebrará en El Guamo (Tolima), durante el presente mes $ 2.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 23. A porte del Ministerio de Agricultura a la Federación Nacional de Ganaderos, para que ésta pague los auxilios que venía concediendo la Asociaciones de Criadores de Ganado de Raza y Caballos de Paso, el que corresponde a los meses de septiembre a diciembre del año en curso $ 11.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 24. Para auxiliar a la Asociación Colombiana de Ganado "Santa Gertrudis" $ 2.500.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 25. Para auxiliar a la feria exposición agropecuaria que se celebrará en San Andrés (Santander), en los días 28, 29 y 30 de noviembre próximo $ 1.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 26. Para auxiliar a la feria exposición agropecuaria que se celebrará en Pitalito (Huila), durante el mes de noviembre del año en curso $ 1.000.00 Capítulo 60, artículo 890, ordinal 27. Para auxiliar a la feria exposición agropecuaria que se celebrará en San Martín (Meta), durante los días 8, 9 y 10 de noviembre del año en curso $ 2.000.00
Los Tesoreros que reciban los auxilios y aportes de que tratan los ordinales números 17 a 27 del artículo 2° del presente Decreto, deberán rendir cuenta de la inversión de cada auxilio, en gastos realizados en los mismos, ante la Contraloría General de la República, y enviarán copia de la cuenta al Ministerio de Agricultura.