Micelio

Artículo 12

Las Disposiciones Anteriores Sobre Inscripción De Trabajadores Solamente Tendrán Efecto Para El Primer Contingente De Asegurados

Decreto 722 de 1949 · Por el cual se aprueba el Reglamento de Inscripciones del Primer Contingente de Afiliados al Seguro Social Obligatorio de Enfermedad-Maternidad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones anteriores sobre inscripción de trabajadores solamente tendrán efecto para el primer contingente de asegurados. Los trabajadores que con posterioridad a esta, fecha de inscripción sean recibidos por las empresas o establecimientos afiliados, al régimen del seguro, o que, por cualquier motivo hayan salido de su servicio, estarán sujetos a un sistema de simples avisos de entradas y salidas que deberán efectuar los patronos en formúlanos especiales, de acuerdo con el reglamento y las instrucciones que para tal efecto imparta el Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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