El Consejo Superior de la Carrera estará conformado por:
El Registrador Nacional o su delegado;
Los dos (2) Registradores Delegados;
Dos (2) representantes de los funcionarios o sus respectivos suplentes, quienes deberán ser empleados de Carrera, elegidos por votación universal y directa por los funcionarios de Carrera de la Registraduría Nacional a nivel nacional para un período de dos (2) años, sin reelección inmediata.
El Consejo Superior de la Carrera será asesorado por el Gerente del Talento Humano y el Jefe de la Oficina Jurídica de la Entidad.
Actuará como Secretario del Consejo Superior el Secretario General de la Entidad.
Ningún funcionario podrá postularse simultáneamente para ser representante de los empleados en las Comisiones de Personal y en el Consejo Superior de la Carrera.