Micelio

Artículo 2.3.1.3.6.6.2

Características

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Características. La Joya será una cruz simétrica de 50 mm, compuesta por cuatro aspas isósceles dentadas que se unen por su vértice inferior con base de 8 mm, 20 mm en el extremo superior y altura de 15 mm, foliadas en tres rayos así: Rojo el central, azul marino el izquierdo y azul cielo el derecho, en esmalte. En el centro conforman la unión de las cuatro aspas dos círculos concéntricos: el interior de 14 mm y el exterior de 20 mm de diámetro, entre los cuáles se leerá en letras de oro sobre fondo blanco: “TODO POR LA PATRIA”. Dos ramas de laurel encerrarán por atrás la medalla, de 5 mm, y separación de 3 mm, del círculo externo. En el interior del círculo central llevará en esmalte blanco sobre fondo de oro la letra “R” del escudo de la reserva de 10 mm, de altura. En el reverso, sobre fondo de oro y realzados en el mismo color, ostentará: arriba dos fusiles cruzados, un ancla en el centro y unas alas abajo, símbolos de las tres Fuerzas presentes en la joya.

La cinta: En la parte superior de la cruz, un eslabón fijo de tres (3) milímetros, sujetará otro de cinco (5) milímetros que unirá la cruz con la cinta de la medalla, que será en seda moiré amarillo dorado de sesenta (60) milímetros de alto por cuarenta (40) milímetros de ancho, con tres franjas verticales laterales de cuatro (4) milímetros cada una de color azul marino a la derecha, rojo al centro y azul cielo a la izquierda. La venera y la miniatura serán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente Capítulo.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 103)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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