Micelio

Artículo 17

Resolucion 500-000201 de 2014 · Por medio de la cual se definen los grupoii

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Grupo de Buenas Prácticas y Registro de Garantías Mobiliarias. El Grupo de Buenas Prácticas y Registro de Garantías Mobiliarias, adscrito a la Dirección de Supervisión de Sociedades, tendrá las siguientes funciones: 17.1 Propender porque las empresas supervisadas por la Superintendencia de Sociedades adopten buenas prácticas empresariales, buen gobierno corporativo y actúen de conformidad con los principios de transparencia y adherencia a los principios aceptados en Colombia en materia de contabilidad, entre otros, y demás asuntos que tiendan al fortalecimiento empresarial; 17.2 Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma; 17.3 Cumplir con los indicadores de gestión correspondientes a su grupo y vigilar que todos sus subalternos diligencian los formatos y aplicativos en los que se hace seguimiento a la gestión. Calificar a sus funcionarios de conformidad con los indicadores de gestión; 17.4 Cumplir con los planes de acción y de mejoramiento; 17.5 Colaborar con el director en la construcción de indicadores de gestión; 17.6 Cumplir con los objetivos, metas, normas, procedimientos, gestión de calidad, estándares y proponer a los directores las modificación del Sistema de Gestión Integral cuando se requiera. También deben proponer los cambios a la información que aparece en Intranet y en la página WEB de la Superintendencia de Sociedades; 17.7 Diligenciar los cuadros de seguimiento incluidos en el Sistema de Gestión Integral; 17.8 Cumplir con la polltica de supervisión; 17.9 Adelantar el seguimiento y control de los proyectos de inversión a cargo de la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control; 17.10 Resolver las solicitudes en general y los de información en particular, distintos a las consultas, relacionados con el área de su competencia; 17.11 Dar contestación a tutelas y los que demuestran el acatamiento de las órdenes de los jueces de tutela, relacionadas con el área de su competencia; 17.12 Liderar los programas y eventos de capacitación y pedagogía tanto para funcionarios que trabajen en temas de supervisión, como para empresarios, con el fin de promover el conocimiento del derecho societario, buenas prácticas empresariales, entre ellas, gobierno,3,-l, º,·• PROSPERIDAD PARATODOS @ /,foCIT V.n:.ti:m4'1C~,i), ~,t,.,.._., BOGOTA O. C.: AVENIDA EL DORADO No. 51-80, PBX: 3245777 · 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319. Centro de Fax2201000 OPCIÓN 2 1 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL; 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA49 # 53-19 PISO 3 TEL TEL: 942-3506000-3506001/2!3, MANIZALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL: 96$-847393-847987, CALI: Cll 10 # 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR 7 # 32-39 PISO 2 TEL: 956-6460511642429, CUCUTA: AV O {CERO) A# 21-14 TEL: 975-716190n17985, BUCARAMANGA: CALLE 41 No. 37-62 TEL: 976-321541/44. SAN ANORES Avenida Colón No. 2-26 Edificio Bread Fruit oficinas 203 y 204 TEL: 098 5121720 /webmaster@suoersociedadesgov.co www superspciedades gov col -Colombia ~11@···i ~C!~:j ~ _,,__ 111m iso,ote ti«ll IOOQ , ~-----------------------------------------------------¡ @ Superintendencia de Sociedades 17.13 17.14 17 .15 17.16 17.17 17.18 17.19 17.20 13/37 RESOLUCION corporativo, asuntos relacionados con medidas para prevenir el lavado de activos y financiación del terrorismo, la corrupción, los sobornos nacionales y transnacionales, transparencia en los informes, adherencia a los principios aceptados en Colombia en materia de contabilidad, entre otras y demás temas que tiendan al fortalecimiento empresarial y que defina el superintendente delegado(a) para inspección, vigilancia y control; Coordinar la elaboración, entrega y difusión de las publicaciones institucionales de interés de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control y que tengan relación con el objetivo del grupo; Elaborar y presentar para su aprobación al superintendente delegado para inspección, vigilancia y control, los formularios que en materia de prácticas empresariales y buen gobierno se vayan a diligenciar por parte de las sociedades. Una vez presentada la información por los empresarios, de manera electrónica, encuestas o cualquier otro medio, analizar tal información con el fin de sacar estadísticas en coordinación con el Superintendente delegado de Asuntos Económicos y Contables, emitir boletines, cartillas, etc. y realizar actividades pedagógicas; Realizar la supervisión del registro de garantías mobiliarias en los términos señalados en el Decreto 400 de 2014 o normas que los modifiquen, adicionen o reglamenten; Establecer la metodología para identificar y reportar en forma uniforme a la Unidad de Información y Análisis Financiero, las operaciones que puedan estar vinculadas al lavado de ·activos y/o financiación del terrorismo de las que se tenga conocimiento en el desempeño de las competencias de inspección, vigilancia y control, de conformidad con el artículo 1º del Decreto 1497 de 2002 o normas que los modifiquen, adicionen o reglamenten; Enviar los reportes de operaciones sospechosas a la Unidad de Información y Análisis Financiero, que hayan sido identificados y elaborados por los otros grupos de la Superintendencia, previa autorización del Superintendente Delegado para Inspección, Vigilancia y Control; Instruir a los empresarios sobre los reportes de información que deben enviar a la Unidad de Información y Análisis Financiero, de acuerdo con las normas que definan estos reportes; Hacer seguimiento al cumplimiento de circulares y demás normas relacionadas con el lavado de activos; Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el Superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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