Decreto 1888 de 1989 · Por el cual se modifica el régimen disciplinario de los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los magistrados y jueces ejercerán la vigilancia judicial en relación con sus empleados subalternos, salvo que la Procuraduría inicie la investigación o aprehenda en cualquier momento su conocimiento.
Parágrafo
En las corporaciones judiciales la investigación con respecto a los empleados subalternos se adelantará por el nominador. Cuando el nominador sea una sala o sección, ésta designará para tal fin a un magistrado de su seno.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.