Normas de aplicación en el tiempo de las reglas de procedimiento. Lo dispuesto en el presente capítulo se aplicará a los procesos en curso, sin perjuicio de que los recursos interpuestos y los términos que hubiesen comenzado a correr, se rijan por la ley vigente cuando se interpuso el recurso, o empezó a correr el término.
(Decreto 1910 de 2009, artículo 17)