°. Los alumnos graduados como maestros en el año de 1936, y los que se gradúen en el futuro, que tengan el diploma conferido por el Ministerio de Educación Nacional, tendrán la categoría que les corresponda teniendo en cuenta la ficha de sus estudios, elaborada por el respectivo Rector del establecimiento en asocio del Inspector Nacional de Educación.
Decreto 537 de 1937 →Vigente
Artículo 4
Los Alumnos Graduados Como Maestros En El Año De 1936, Y Los Que Se Gradúen En El Futuro, Que Tengan El Diploma Conferido Por El Ministerio De Educación Nacional, Tendrán La Categoría Que Les Corresponda Teniendo En Cuenta La Ficha De Sus Estudios, Elaborada Por El Respectivo Rector Del Establecimiento En Asocio Del Inspector Nacional De Educación
Decreto 537 de 1937 · Por el cual se fijan las categorías en que quedan clasificados los maestros de las escuelas primarias oficiales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.