Micelio

Artículo 33

Reserva Activa De La Policía Nacional

Ley 1979 de 2019 · por medio de la cual se reconoce, rinde homenaje y se otorgan beneficios a los veteranos de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Está conformada por el personal de Oficiales, Suboficiales, Nivel Ejecutivo, Patrulleros y Agentes retirados del servicio activo de la Policía Nacional, y los Auxiliares de la Policía, estos últimos cuando hayan cumplido su servicio militar.

Parágrafo 1

Requisitos para hacer parte de la reserva activa de la Policía Nacional. Harán parte de la reserva activa, quienes cumplan con los siguientes requisitos:

a)

Superar procesos de selección, capacitación y entrenamiento en la actividad requerida.

b)

Tener la aptitud sicofísica requerida.

c)

No estar incurso en una causal de inhabilidad.

Parágrafo 2

El Director General de la Policía Nacional, determinará los demás requisitos necesarios para el proceso de selección, capacitación y entrenamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1979 de 2019