Micelio

Artículo 16

Los Beneficiarios De Un Permiso Deberán Informar Semestralmente Al Ministerio Sobre La Marcha De Los Trabajos, Y Estarán En La Obligación De Establecer Labores Normales De Explotación Dentro De Los Seis (6) Meses Siguientes A La Fecha En Que Se Publique En El Diario Oficial La Providencia Que Conceda El Permiso, Labores Que Deberán Mantener Durante Un Tiempo Mínimo De Seis (6) Meses En Cada Año

Decreto 2514 de 1952 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre explotación de metales no preciosos y sustancias minerales no metálicas de la reserva nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los beneficiarios de un permiso deberán informar semestralmente al Ministerio sobre la marcha de los trabajos, y estarán en la obligación de establecer labores normales de explotación dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha en que se publique en el Diario oficial la providencia que conceda el permiso, labores que deberán mantener durante un tiempo mínimo de seis (6) meses en cada año. Si tales trabajos no se establecieren oportunamente o no se mantuvieren durante el tiempo señalado en este artículo, o si el beneficiario no presentare con regularidad los informes sobre las labores realizadas, el Ministerio de Minas y Petróleos podrá cancelar el permiso, a menos de comprobarse debidamente, fuerza mayor o caso fortuito.

Parágrafo

Para la efectividad de estas disposiciones, el Ministerio de Minas y Petróleos podrá designar a cualquiera de sus funcionarios para practicar visitas periódicas en las zonas en que se hayan concendido permisos de explotación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2514 de 1952