Micelio

Artículo 1

Delégase En La Intendencia Nacional Del Chocó La Construcción Y Administración De La Obra Del Hospital De Juradó Con Base En La Apropiación Del Capítulo 44, Artículo 548, Del Presupuesto Nacional De La Presente Vigencia

Decreto 774 de 1940 · Por el cual se delega la construcción y administración de unas obras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Delégase en la Intendencia Nacional del Chocó la construcción y administración de la obra del Hospital de Juradó con base en la apropiación del capítulo 44, artículo 548, del Presupuesto Nacional de la presente vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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