Micelio

Artículo 26

El Jefe De La División De Información Y Relaciones Culturales Tendrá, Además De Las Funciones Generales A Que Se Refiere El Artículo 11 Del Presente Decreto, Las Siguientes Funciones Especiales: A)

Decreto 1632 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Relaciones Exteriores, y se señalan sus funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Jefe de la División de Información y Relaciones Culturales tendrá, además de las funciones generales a que se refiere el artículo 11 del presente Decreto, las siguientes funciones especiales: a). Determinar el género de información internacional de diverso orden, que sea de utilidad para las actividades del Ministerio y del Gobierno en general y dar las instrucciones correspondientes para el efecto de obtenerla y distribuirla; b). Formular, en colaboración con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación, programas generales de intercambio de información de carácter científico y cultural con otros países y promover la ejecución de tales programas; c). Revisar o autorizar las publicaciones del Ministerio, destinadas al Exterior; d): Colaborar con los organismos oficiales, semioficiales o privados, cuyas actividades o publicaciones convenga difundir en el Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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