Deróganse los artículos 3 y 4 del Decreto número 1290 de 1914, el artículo 1 del Decreto número 417 de 1916, el Decreto número 280 de 1917, el artículo 53 del Decreto número 17 de 1918.
Decreto 331 de 1919 →Vigente
Artículo 19
Deróganse Los Artículos 3 Y 4 Del Decreto Número 1290 De 1914, El Artículo 1 Del Decreto Número 417 De 1916, El Decreto Número 280 De 1917, El Artículo 53 Del Decreto Número 17 De 1918
Decreto 331 de 1919 · Por el cual se reglamenta la Ley 56 de 1918
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.