Modificación del artículo 2.12.2.3.4 del Decreto 1080 de 2015. Modifíquese el artículo 2.12.2.3.4 del Decreto 1080 de 2015, así: "ARTÍCULO 2.12.2.3.4 Emisión de Certificados de Inversión o Donación en Proyectos de Economía Creativa. La emisión de los Certificados de Inversión o Donación en Proyectos de Economía Creativa está a cargo del Ministerio de Cultura, basándose para este fin en las certificaciones de recepción efectiva de aportes por parte de los patrimonios autónomos constituidos mediante las respectivas fiducias mercantiles irrevocables con destino a la ejecución de los proyectos. Dada la irrevocabilidad de la inversión o donación, los Certificados de Inversión o Donación podrán ser emitidos a partir de la recepción de los recursos en el respectivo patrimonio autónomo, y, en ningún caso, tal emisión podrá exceder del primer mes del año calendario siguiente al año fiscal de la recepción efectiva de los recursos.
En los casos a los que se refieren los
s 1 y 2 del artículo 2.12.2.3.3. del presente Decreto, la emisión de los Certificados de Inversión o Donación en Proyectos de Economía Creativa se hará siempre que la entidad que realice la convocatoria acredite la destinación de los recursos para los fines del proyecto."