Si el demandado se opone, negando el derecho o alegando alguna excepción, se abre el juicio a prueba por quince días.
Expirado éste, el Juez talla dentro de los diez días siguientes.
Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Si el demandado se opone, negando el derecho o alegando alguna excepción, se abre el juicio a prueba por quince días.
Expirado éste, el Juez talla dentro de los diez días siguientes.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.