- COBERTURA DE LAS DISPOSICIONES. Los preceptos de los artículos 52 y siguientes del presente Código {Código de Régimen Municipal} serán aplicables a los Municipios cuya población exceda de trescientos mil (300.000) habitantes y a los situados a menos de sesenta (60) kilómetros del perímetro de los primeros (Decr. 1333 de 1986, art. 65); TITULOXIII. DE LOS BIENES CAPITULO1. NORMAS CONSTITUCIONALES
Decreto 2626 de 1994 →Inexequible
Artículo 366
Decreto 2626 de 1994 · por el cual se expide la compilación de las disposiciones constitucionales y legales vigentes para la organización y el funcionamiento de los municipios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.