Suprimir del artículo 17 del Decreto 2462 de 1999, la función prevista en los numerales 31 y 37 de la División de Gestión del Servicio y los numerales 17 a 22 de la División de Informática y Tecnología, y adicionar en la Vicepresidencia de Capitel y en la División de Desarrollo de Telecomunicaciones, las siguientes funciones: De la vicepresidencia de capitel
Asumir la Jurisdicción coactiva de aquellos asuntos de la Vicepresidencia en los que sea requerida. De la división de desarrollo de telecomunicaciones : 1. Proponer las ampliaciones y modificaciones de enrutamiento conforme al tratamiento del tráfico.
Desarrollar la ingeniería de tráfico de los diferentes sistemas de telecomunicaciones, que permita la optimización de los recursos comprometidos en la explotación de los servicios.
Elaborar estudios de factibilidad de prestación de los servicios de Capitel dentro del Plan de Ordenamiento Territorial y el comité de legalización de barrios a nivel distrital.
Manejar y controlar el plan ambiental en la construcción de infraestructura.
Supervisar y reclamar sobre los daños causados a la infraestructura de la red de planta externa de Capitel, por constructores y otros operadores de servicios públicos.
Ejecutar y controlar la construcción de las acometidas de los inmuebles de los clientes de Capitel.
Desarrollar las actividades relacionadas con la adquisición o ampliación de infraestructura de red externa, evaluación de ofertas, elaboración de anexos técnicos y demás condiciones contractuales.
Realizar estudios y proponer la reubicación de infraestructura de planta externa por impacto de los planes de desarrollo del territorio definido para Capitel.