Micelio

Artículo 3

O

Decreto 95 de 1990 · Por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas Empresas, del orden nacional, directas e indirectas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o. La remuneración mensual de los Gerentes de la Financiera de Desarrollo Territorial, Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO) y Fondo de Garantías de Instituciones Financieras será igual a la que corresponda al Gerente del Banco Popular. La remuneración del Gerente de la Corporación Financiera Popular S.A., será igual a la que corresponda al Gerente del Instituto de Fomento Industrial, IFI, por concepto de sueldo básico y gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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