Del traslado de funciones al Invima. Las funciones que desempeña la Subdirección de Vigilancia Sanitaria de Medicamentos y Alimentos del Instituto Nacional de Salud, serán trasladadas al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos, Invima, de acuerdo con lo que dispongan las normas que desarrollen los artículos 245 y 248 de la Ley 100 de 1993.
Decreto 1291 de 1994 →Vigente
Artículo 24
Del Traslado De Funciones Al Invima
Decreto 1291 de 1994 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.