Micelio

Artículo 3

El Tesorero General Del Departamento Del Cauca Deberá Rendir Cuentas A La Contraloría General De La República De La Inversión De Los Fondos Que Reciba Del Tesoro Nacional Para El Cumplimiento De La Ley 91 De 1939, De Conformidad Con Las Disposiciones Agentes O De Las Que Para Este Caso Se Dicten Especialmente

Decreto 2159 de 1945 · Por el cual se reglamenta la inversión de la partida apropiada en el Presupuesto vigente con destino a las obras de defensa y reconstrucción de la ciudad de Bolívar, del Departamento del Cauca, y de las que se apropien en vigencias posteriores para el mismo objeto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Tesorero General del Departamento del Cauca deberá rendir cuentas a la Contraloría General de la República de la inversión de los fondos que reciba del Tesoro Nacional para el cumplimiento de la Ley 91 de 1939, de conformidad con las disposiciones Agentes o de las que para este caso se dicten especialmente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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