º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de mayo de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Antonio Hernández Gamarra .
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
Decreto 717 de 1995 · por el cual se aprueba la Resolución número 36 del 1º de noviembre de 1994 expedida por la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, mediante la cual se amplía el plazo concedido a la Empresa Comunitaria denominada, El Resguardo, para cancelar el valor de la Parcela número 15, la cual hizo parte del predio del mismo nombre, ubicado en jurisdicción del Municipio de Charalá, Departamento de Santander.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.