Micelio

Artículo 8

Ley 23 de 1945 · Por la cual se dictan unas disposiciones en relación con el impuesto sobre la renta de la industria ganadera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo contribuyente dedicado total o parcialmente al negocio de la ganadería, estará obligado a llevar un libro de ingresos y egresos y otro de inventarios, registrados gratuitamente en la oficina de Hacienda Nacional de su domicilio. En el primero se registrará, con anotación de fechas, las operaciones llevadas a cabo en su negocio , y en el segundo, hará una relación de los ganados existentes en 31 de diciembre de cada año, con la especificación de edades y costo, determinando éste de conformidad con las normas del artículo 3º de la presente Ley. Este inventario será la base para determinar el patrimonio en el negocio de ganadería.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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