La dirección y administración inmediata de los comisariatos estarán a cargo del Almacenista de la Base Naval M.C. Bolívar o de los subalmacenistas de cada Base, de conformidad con los reglamentos que se dicten sobre el particular; pero el manejo de los fondos corresponderá exclusivamente a los cajeros o pagadores respectivos.
Decreto 192 de 1938 →Vigente
Artículo 14
La Dirección Y Administración Inmediata De Los Comisariatos Estarán A Cargo Del Almacenista De La Base Naval M
Decreto 192 de 1938 · por el cual se reglamenta los servicios administrativos de la Armada Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.