Los estudiantes que podrán acceder al Programa de Alimentación Universitaria (PAU) son los que se encuentran matriculados en programas de pregrado en Universidades Públicas del País y que sean focalizados por las instituciones según los cupos que le sean asignados.
o. Para la destinación de los cupos, las Universidades Públicas deberán focalizar a estudiantes en estado de gestación o lactancia con discapacidad, en situación de vulnerabilidad económica y social, víctimas del conflicto armado, pertenecientes a grupos étnicos, de zonas rurales dispersas e insulares y los estudiantes que pertenezcan a estratos socioeconómicos 1, 2 y 3.
o. No podrán ser beneficiarios del Programa de Alimentación Universitaria (PAU), los estudiantes inscritos en programas de pregrado cuya modalidad sea 100% virtual.
o. Las Universidades Públicas desarrollarán procesos que busquen garantizar la cobertura de todos los estudiantes que necesiten el apoyo alimentario, adelantar gestiones para lograr un mayor presupuesto y así garantizar el derecho permanente a la alimentación.
o. El beneficio del Programa de Alimentación Universitaria se otorgará en un máximo de 10 semestres académicos.